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Tipo de agente

Organismo Público

Título del proceso de participación

Ayuntamiento de Torremolinos

Redes sociales del agente

Breve descripción

Torremolinos es una ciudad de la provincia de Málaga situada en la comunidad autónoma de Andalucía. Cuenta con una población de 69.166 habitantes y está ubicada en la Costa del Sol, poseyendo una superficie de 20 km² y contando con 7 km de litoral. Está considerado como uno de los destinos más importantes a nivel internacional. 

Las competencias de participación ciudadana del Ayuntamiento de Torremolinos se enmarcan en el Área de Participación Ciudadana, y están coordinadas a través de la Delegación de Promoción Cultural, Gestión Cultural de Espacios Públicos, Juventud y Participación Ciudadana.

De acuerdo con la página web del Ayuntamiento, las personas responsables son:

  • David Tejeiro Salguero, Tercer Teniente de Alcalde y Concejal Delegado del Área de Promoción Cultural, Gestión Cultural de Espacios Públicos, Juventud y Participación Ciudadana; y
  • Josefina Serdio Fernández, responsable de la delegación especial en Participación Ciudadana, Empleo, Agencia Municipal de Promoción y Desarrollo Local.

El Reglamento de Participación Ciudadana tiene por objeto garantizar el ejercicio de los derechos de participación, regulando los cauces por los que pueden ejercitarse los mismos, promoviendo la participación y facilitando la más amplia información sobre su actividad.

El Ayuntamiento de Torremolinos, en uso de la potestad reglamentaria y de autoorganización que otorgan los artículos 4 y 20.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 24.b) del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, y el artículo 4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, regula la organización y el régimen de funcionamiento de Participación Ciudadana en el municipio. En todo lo no previsto en el presente reglamento se estará a lo dispuesto en la normativa sobre participación ciudadana aprobada por el Estado que sea de aplicación a las entidades locales así como la ley 7/2017 de 27 de diciembre, de Participación Ciudadana de Andalucía y demás normativas aplicables.

El Ayuntamiento cuenta con los siguientes órganos de participación:

  • Los Consejos Vecinales, que son órganos de participación constituidos en las barriadas o urbanizaciones. Sus funciones principales son debatir planes de actuación generales, canalizar quejas y sugerencias, promover iniciativas y hacer propuestas en materia de desarrollo económico local, planificación estratégica o proyectos urbanos.
  • Consejos sectoriales, que son órganos de participación, información y propuesta que canalizan las iniciativas e inquietudes ciudadanas en temas concretos de interés para el municipio, como son la escuela, la cultura, el deporte, el medio ambiente, la juventud, las mujeres, la tercera edad, las personas con diversidad funcional, etc.
  • El Pleno de niñas y niños, que es un pleno de carácter simbólico que se podrá celebrar una vez al año, con características singulares dada la composición de sus miembros. Su función primordial es incorporar las vivencias de la población infantil y favorecer la intervención de las niñas y niños en lo que sería una simulación de un debate público, donde se podrán hacer propuestas, sugerencias y opiniones respecto actuaciones municipales.

En la web, al margen de una sección de quejas y sugerencias y de acciones informativas sobre participación, se incluye información sobre las Asociaciones, así como un listado de los diferentes trámites

Información actualizada a 20 de abril de 2021 de acuerdo con los datos disponibles en las fuentes indicadas en el texto.

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