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Tipo de agente

Organismo Público

Título del proceso de participación

Ayuntamiento de El Puerto de Santa María

Breve descripción

El Puerto de Santa María tiene una población de 88.703 habitantes y una superficie de 159 km2. Se encuentra en la desembocadura del río Guadalete en la Provincia de Cádiz. Destaca por su clima veraniego y 16 km de playa, todas de arena fina, siendo uno de sus principales atractivos.

Este municipio situado en plena Bahí­a de Cádiz, presenta tres paisajes distintos: la marisma, una zona de pinares y la zona de playas. Las marismas, los Toruños y el rí­o Guadalete, están incluidas en el Parque Natural de la Bahí­a de Cádiz. También se encuentra, dentro del término municipal de El Puerto de Santa María, el Complejo Endorreico, compuesto por la Laguna Salada, Juncosa y la Chica.

La ciudad, cuya constitución como tal data de 1281, está repleta de monumentos y lugares de interés, como el Castillo de San Marcos, el Palacio de Villareal y Purullena, la Basilica menor de Nuestra Señora de los Milagros, el Monasterio de la Victoria y la Plaza de Toros.

Las competencias de participación ciudadana del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María se enmarcan en el Área Municipal de Participación Ciudadana.

De acuerdo con la página web del Área, la persona responsable es:

  • Francisco Javier Bello González, Segundo Teniente de Alcalde, responsable de las Áreas de Agricultura y Pesca, de Área de Presidencia, de Desarrollo Económico y Empresarial, de Innovación, Comunicación y Administración Electrónica y del Área de Participación Ciudadana.

El Reglamento de Participación Ciudadana se aplica a toda la ciudadanía inscrita en el Padrón Municipal de El Puerto de Santa María y a las entidades ciudadanas inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones cuyo domicilio social y ámbito territorial estén en el municipio. Los objetivos principales del reglamento son facilitar y promover cauces y formas de participación, así como, fortalecer el tejido asociativo.

Según este reglamento, se entiende por entidades ciudadanas todas aquellas cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales de los/las vecinos/as del municipio, y en particular, las asociaciones de vecinos/as de un barrio o distrito, las de madres/padres de alumnos/as, las Entidades culturales, deportivas, recreativas, juveniles, sindicales, empresariales, profesionales y cualesquiera otras similares.

Desde la página web del área se destacan los siguientes órganos de participación:

  • El Consejo General de Participación Ciudadana, es el órgano consultivo y de participación en la gestión municipal, desde el que se analizan y coordinan las actuaciones que afectan al conjunto de la ciudad. Es el órgano encargado de articular la participación de los vecinos, colectivos y entidades del municipio en la cogestión de los servicios municipales. Asimismo debe facilitar la más amplia información y publicidad sobre las actividades y acuerdos municipales. 
  • Consejos de Distrito, órganos permanentes de participación ciudadana que abarcan un distrito determinado del municipio donde se tratan asuntos concretos del distrito en cuestión. Sus funciones principales son debatir los planes de actuación y canalizar quejas y sugerencias, entre otros; y 
  • Consejos Sectoriales, órganos de participación que sirven para canalizar las iniciativas e inquietudes de los ciudadanos en temas concretos de interés para ciudad.

En la web, al margen de una sección de quejas y sugerencias y de acciones informativas sobre participación, se incluye información sobre presupuestos participativos.

Información actualizada a 16 de abril de 2021 de acuerdo con los datos disponibles en las fuentes indicadas en el texto.

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