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Tipo de agente

Organismo Público

Título del proceso de participación

Ayuntamiento de Arcos de la Frontera

Breve descripción

Arcos de la Frontera es un municipio español de la provincia de Cádiz, en Andalucía. Se trata del municipio más poblado de la comarca de Sierra de Cádiz y también el más extenso. Es un lugar importante para el turismo interior y la industria comarcal, y tiene una posición estratégica entre la Campiña Jerezana y la Serranía. Actualmente cuenta con una población de 30.818 habitantes. La ciudad, ubicada sobre una Peña, cortada por un impresionante tajo hacia el rí­o, desde donde se domina una espléndida panorámica, tiene su origen en la época musulmana. En la actualidad, declarada Monumento Histórico-Artí­stico, se divide en dos barrios. Su entramado de calles empinadas, estrechas y tortuosas y la multitud de rincones y monumentos de gran belleza que posee hacen de esta población un conjunto de excepcional belleza, en el que destacan el Castillo, la Iglesia de Santa Marí­a de la Asunción y la Iglesia de San Pedro.

Las competencias de participación ciudadana del Ayuntamiento de Arcos de la Frontera se enmarcan en el Área de Participación Ciudadana, y están coordinadas a través de la Delegación Municipal de Participación Ciudadana. 

De acuerdo con la página web del Área, la persona responsable es:

  • Saray Soria García, Delegada de Participación Ciudadana. 

El Reglamento de Participación Ciudadana es la regulación de los medios, formas, y procedimientos de participación ciudadana en el municipio de Arcos de la Frontera; en el gobierno y en la administración municipal. Tiene como objetivo facilitar y promover la participación de la ciudadanía y de las entidades ciudadanas en la gestión municipal, sin perjuicio de las facultades de decisión, correspondientes a los órganos municipales representativos. También hacer efectivos los derechos de la ciudadanía regulados en el art. 18 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

El Ayuntamiento cuenta con los siguientes órganos de participación:

  • Los Consejos Sectoriales, órganos de participación, que tienen un carácter consultivo, de formulación de propuestas y sugerencias que se llevarán a cabo de acuerdo con los artículos 130 y 131 RD2568/1986 (ROF).
  • Los Consejos Territoriales, órganos de participación, consulta, información, propuesta y seguimiento de la gestión municipal, sin personalidad jurídica propia, que permiten la participación del vecindario, colectivos y entidades de un mismo barrio o territorio.

En la web, al margen de una sección de quejas y sugerencias y de acciones informativas sobre participación, se incluye información sobre las Asociaciones, así como un foro participativo.

Información actualizada a 28 de abril de 2021 de acuerdo con los datos disponibles en las fuentes indicadas en el texto.

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